Gastos deducibles como crédito fiscal del IVA para servicios personales
gastos deducibles como crédito fiscal del IVA para servicios personales según la Resolución DNIT N° 8175/22 de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). Esta normativa establece los requisitos y límites para la deducción de créditos fiscales relacionados con servicios personales:
Notas Importantes
IVA Discriminado : Solo se aceptan facturas que especifiquen el IVA por separado (no incluidas en el precio).
Relación con Actividades Gravadas : Los gastos deben estar vinculados a ingresos que pagan IVA (no aplican para actividades exentas).
Límites : Algunos conceptos (como seguros médicos) tienen topes porcentuales según la normativa.
Exclusiones : No son deducibles: